Derecho sindical Código:  73.568    :  4
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Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.
La asignatura Derecho Sindical, también llamada Derecho Colectivo del Trabajo, se centra en el estudio de las normas jurídicas que regulan las relaciones entre los sindicatos u otras organizaciones de representación de los trabajadores y los empresarios u otras organizaciones que los representan.
 
El contenido de les Unidades de Aprendizaje que conforman esta asignatura se centra en las diferentes manifestaciones de la libertad sindical y del asociacionismo empresarial, los mecanismos de representación de los trabajadores de la empresa (unitarios y sindicales), la negociación colectiva y, finalmente, en el derecho de conflictos colectivos, en general, y la huelga, en particular, y el cierre patronal.
 
Esta asignatura que complementa el contenido de la asignatura obligatoria de “Derecho del Trabajo Individual” (y de la optativa “Derecho Procesal Laboral”), se centra en el estudio de la legislación nacional e internacional, teniendo muy presente la interpretación que están llevando a cabo los Tribunales, ofreciendo un contenido que integra conocimientos teóricos y  prácticos.

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La asignatura "Derecho Sindical" guarda estrecha relación con otras asignaturas.

Con el Derecho Público, ya que hay derechos fundamentales y principios rectores de política social y económica que tienen contenido específicamente laboral, además de considerar los sindicatos como una institución fundamental de una sociedad democrática. Con el Derecho Administrativo ya que la Administración Laboral tiene un papel relevante en las relaciones colectivas; y con el Derecho del Trabajo Individual ya que el contrato de trabajo también juega un papel importante. Esto hace necesario manejar conceptos adquiridos en las asignaturas mencionadas para poder estudiar temes de la presente.

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Las relaciones laborales y la oposición de intereses que les caracteriza hacen del conflicto un fenómeno habitual cuando se habla de Derecho sindical.

Esto supone una importante necesidad  de asesoramiento para a las partes implicadas, y, en caso de conflicto, de asistencia legal delante de la jurisdicción social. Consecuentemente, los departamentos de recursos humanos de las empresas, incluso entes públicos, tienen asesores laborales. Dado el elevado número de conflictos que se plantean en el orden jurisdiccional social hay un importante colectivo de operadores jurídicos especializados en materia laboral.
No es menospreciable el número de funcionarios estatales y de comunidad autónoma que se relacionan con materias laborales y de Seguridad Social: Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Controladores Laborales, Letrados de les entidades gestoras de la Seguridad Social, etc.

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Para el seguimiento de esta asignatura es imprescindible tener interiorizados los conocimientos relativos al Derecho del Trabajo Individual, el Derecho Constitucional y Administrativo así como Derecho Civil.

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Es recomendable haber superado  "Teoría general del derecho", "Derecho civil I", "Derecho civil II", "Sistema constitucional Español", "Derecho constitucional", "Derecho administrativo I", "Derecho del Trabajo Individual".

Tal y como se detalla en el apartado correspondiente de este Pla Docente, los estudiantes que no sigan la EC, o bien, que siguiéndola no la hayan superado, tendrán que superar la asignatura a través de un examen oral (a través de videoconferencia).

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 Competencias especifiques y transversales (conjunto de técnicas, habilidades y habilidades aplicadas en el ámbito jurídico, en general, y el ámbito disciplinar de la asignatura).
1. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
2. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinaria y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis.
3. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros.
4. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos
5. El  aprendizaje autónomo y  la adaptación a nuevas situaciones
 
Todas estas competencias se concretan con el objetivo de que se conozca y se comprenda:
- La importancia histórica de la asociación obrera como remedio a la cuestión social y la desigualdad intrínseca en la relación de trabajo por cuenta propia o de otro.

- El sentido constitucional del derecho a la libertad sindical y la relevancia que por su comprensión tiene la libertad sindical individual en su manifestación positiva y negativa, así como la libertad sindical colectiva.

- El concepto legal de sindicato, la función que tiene asignada y los efectos jurídicos que se derivan de su representatividad.

- La configuración legal de las asociaciones empresariales.

- Los diferentes canales de representación de los intereses del personal y de los sindicatos en la empresa.

- El concepto de convenio colectivo estatutario y otras manifestaciones derivadas de la negociación colectiva.

- La diferenciación conceptual entre el conflicto colectivo de intereses y el jurídico, así como los diferentes canales habilitados para su solución pacífica.

- El sentido constitucional de la huelga y el cierre patronal como instrumentos no pacíficos de confrontación entre trabajadores y empresarios.

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Unidad 1. Libertad Sindical y Asociaciones Empresariales
-       La libertad sindical: evolución histórica y reconocimiento constitucional.
-       La libertad sindical: definición y contenido.
-       Fuentes de la libertad sindical
-       Manifestaciones de la libertad sindical
-       La libertad sindical individual
-       La libertad sindical colectiva o autonomía sindical.
-       La libertad sindical de los funcionarios públicos.
-       Las asociaciones empresariales.
 
Unidad 2. La Representación de los Trabajadores de la Empresa
-       El doble canal de representación de los trabajadores de la empresa.
-       La representación unitaria.
-       La representación sindical de la empresa.
-       El derecho de reunión de los trabajadores.
-       El comité de empresa europeo.
-       Otros canales de representación de los trabajadores.
-       La representación de los funcionarios públicos.
 
Unidad 3. La Negociación Colectiva
-       Evolución histórica y función de la negociación colectiva
-       Concepto y marco normativo
-       La determinación de la unidad negociadora y del convenio aplicable.
-       La legitimación para negociar
-       El procedimiento de negociación del convenio colectivo.
-       El contenido del convenio colectivo.
-       La dinámica aplicativa del convenio.
-       Los acuerdos y pactos de la empresa
-       La negociación colectiva extraestatutaria
-       La negociación colectiva en el ámbito de la función pública.
-       La negociación colectiva en la Unión Europea
 
 
Unidad 4. Los conflictos colectivos, la huelga y el cierre patronal.
-       El conflicto colectivo.
-       La huelga: definición y evolución.
-       Fuentes y  régimen jurídico del derecho a huelga.
-       Caracterización del derecho de huelga.
-       Tramitación del derecho de huelga: elementos formales.
-       Ilicitud de la huelga.
-       Fin de la huelga.
-       Efectos de la huelga sobre la relación laboral del huelguista.
-       El cierre patronal.

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El material básico para preparar la asignatura lo constituyen los módulos didácticos que facilita la Universidad.

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En la UOC, la evaluación generalmente es virtual. Se estructura en torno a la evaluación continua, que incluye diferentes actividades o retos; la evaluación final, que se lleva a cabo mediante pruebas o exámenes, y el trabajo final de la titulación.

Las actividades o pruebas de evaluación pueden ser escritas y/o audiovisuales, con preguntas aleatorias, pruebas orales síncronas o asíncronas, etc., de acuerdo con lo que decida cada equipo docente. Los trabajos finales representan el cierre de un proceso formativo que implica la realización de un trabajo original y tutorizado que tiene como objetivo demostrar la adquisición competencial hecha a lo largo del programa.

Para verificar la identidad del estudiante y la autoría de las pruebas de evaluación, la UOC se reserva la potestad de aplicar diferentes sistemas de reconocimiento de la identidad y de detección del plagio. Con este objetivo, la UOC puede llevar a cabo grabación audiovisual o usar métodos o técnicas de supervisión durante la ejecución de cualquier actividad académica.

Asimismo, la UOC puede exigir al estudiante el uso de dispositivos electrónicos (micrófonos, cámaras u otras herramientas) o software específico durante la evaluación. Es responsabilidad del estudiante asegurar que estos dispositivos funcionan correctamente.

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de las actividades académicas. La web sobre integridad académica y plagio de la UOC contiene información al respecto.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; la suplantación de identidad; la aceptación o la obtención de cualquier actividad académica a cambio o no de una contraprestación; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o el uso de material, software o dispositivos no autorizados en el plan docente o el enunciado de la actividad académica, incluida la inteligencia artificial y la traducción automática, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Estas conductas irregulares pueden conllevar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables definidas en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas (como el uso de inteligencia artificial no permitida, redes sociales o buscadores de información en internet), porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, por la compraventa de actividades académicas, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular.

Asimismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC.

En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:

  • Solicitar al estudiante que acredite su identidad según lo establecido en la normativa académica.
  • Solicitar al estudiante que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación, tanto en la evaluación continua como en la evaluación final, a través de una entrevista oral síncrona, que puede ser objeto de grabación audiovisual, o por los medios establecidos por la UOC. Estos medios tienen el objetivo de verificar los conocimientos y las competencias que garanticen la identidad del estudiante. Si no es posible garantizar que el estudiante es el autor de la prueba, esta puede ser calificada con una D, en el caso de la evaluación continua, o con un suspenso, en el caso de la evaluación final.

Inteligencia artificial en el marco de la evaluación

La UOC reconoce el valor y el potencial de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito educativo y, a su vez, pone de manifiesto los riesgos que supone si no se utiliza de forma ética, crítica y responsable. En este sentido, en cada actividad de evaluación se informará al estudiantado sobre las herramientas y los recursos de IA que se pueden utilizar y en qué condiciones. Por su parte, el estudiantado se compromete a seguir las indicaciones de la UOC a la hora de realizar las actividades de evaluación y de citar las herramientas utilizadas y, concretamente, a identificar los textos o imágenes generados por sistemas de IA, los cuales no podrá presentar como si fueran propios.

Respecto a usar o no la IA para resolver una actividad, el enunciado de las actividades de evaluación indica las limitaciones en el uso de estas herramientas. Debe tenerse en cuenta que usarlas de manera inadecuada, como por ejemplo en actividades en las que no están permitidas o no citarlas en las actividades en las que sí lo están, puede considerarse una conducta irregular en la evaluación. En caso de duda, se recomienda que, antes entregar la actividad, se haga llegar una consulta al profesorado colaborador del aula.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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