Derecho procesal penal Código:  73.573    :  6
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Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios.

Esta asignatura tiene como objeto el estudio del proceso penal. Se analiza, pues, el instrumento que permite hacer efectivo el Derecho penal. El proceso penal presenta muchas singularidades, derivadas tanto de la naturaleza del derecho subyacente como de disposiciones constitucionales específicas y que hacen necesario su estudio diferenciado del proceso civil.

El proceso penal puede entenderse, y éste es uno de los objetivos implícitos en las explicaciones y en el desarrollo de la asignatura, como un conjunto de garantías que sirven a objetivos aparentemente enfrentados: por una parte, la garantía para todos los ciudadanos, que el Estado pondrá los medios y los efectivos necesarios para la persecución de los delitos, pero por otra parte, que cualquier persona de la que se sospeche la participación en un hecho criminal, tendrá reconocidos y garantizados todos y cada uno de los derechos que el ordenamiento jurídico consagra.

El estudio del proceso penal permite, pues, adentrarse en el conocimiento de las fórmulas legislativas de que disponemos para conseguir este delicadísimo equilibrio entre la persecución del hecho criminal y la protección del presunto inocente.

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Dentro del Grado en Derecho, el estudio fundamental del derecho procesal civil y penal queda estructurado en tres asignaturas: Derecho Procesal Civil I, Derecho Procesal Civil II y Derecho Procesal Penal. Con la asignatura de Derecho procesal penal, se completa el estudio del derecho procesal.

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La trascendencia práctica de la asignatura es muy relevante: la intervención en el proceso es connatural a la inmensa mayoría de las profesiones jurídicas (jueces, magistrados, abogados, procuradores, fiscales, letrados de la administración de justicia...) y el proceso civil contiene las bases que informan la regulación de los procesos que se siguen en el resto de órdenes jurisdiccionales.

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El estudio de esta asignatura requiere, por una parte, haberse iniciado en el estudio del derecho procesal (es decir, la asignatura de Derecho procesal civil I), al constituir la base imprescindible para cursar esta asignatura, ya que suministra los conceptos básicos y las nociones centrales necesarias para entender el Derecho procesal en su conjunto. Por otra, dado el carácter instrumental del derecho procesal para la realización del derecho sustantivo, es necesario haber completado el estudio del derecho penal.

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Es muy recomendable haber superado las asignaturas de Derecho procesal Civil I, y el conjunto de asignaturas que integran el estudio del derecho penal.

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Conocimientos académicos y disciplinarios(conocimientos teóricos y prácticos de la asignatura).

1. Conocer los principios del proceso penal, su interrelación con el derecho material, su influencia en la estructura del proceso y su correlación constitucional.

2. Saber determinar la competencia de los órganos judiciales del orden penal a partir de los criterios legales, y conocer su tratamiento procesal.

3. Saber quiénes pueden actuar como partes en el proceso penal, sus funciones, facultades y presupuestos de actuación.

4. Conocer la dinámica del proceso penal, a través de la regulación de sus diferentes fases, distinguiendo aquellas instituciones que tienen una regulación específica en el proceso ordinario y en el proceso abreviado.

5. Comprender la configuración del derecho a los recursos en materia penal y la sistemática de los recursos previstos en el ordenamiento jurídico español.

6. Entender el proceso penal como el conjunto de garantías, constitucionales y legales, que asisten a todas las personas que se enfrentan a la imposición de una pena.

7. Conocer detalladamente el desarrollo del denominado juicio rápido y el juicio por delitos leves, por su importante aplicación práctica, tanto respecto a su procedencia como a su desarrollo.

8. Detectar los presupuestos de procedencia del resto de los procedimientos especiales penales, así como sus aspectos más definitorios.

Competencias profesionales:


Específicas:

1-. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas en el ámbito del derecho.
2-. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis.
3-. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos.
4-. Interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico de acuerdo con los valores éticos.
5-. Desarrollo de un discurso jurídico correctamente estructurado de forma escrita.
6-. Análisis crítico del ordenamiento jurídico.

Transversales:

1-. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros.
2-. El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones.

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1. Sistemas y principios del proceso penal
2. Sujetos y objeto del proceso penal
3. La fase de instrucción
4. Fase intermedia y juicio oral
5. Finalización del proceso
6. Otros procedimientos. Procesos especiales

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El material docente de la asignatura constituye la referencia básica en el seguimiento de la materia, y tiene como objetivo actuar como base del proceso de enseñanza y aprendizaje que se lleva a cabo a través de la dinámica del aula, la realización de las pruebas de evaluación continua (PEC), el trabajo con las guías de estudio (GES), el trabajo sobre los casos prácticos propuestos en los módulos y, por supuesto, mediante el trabajo individual de cada estudiante y la profundización en los contenidos a partir de documentos complementarios en formato electrónico.

Por otra parte, dentro del espacio virtual del aula se encuentran a disposición del estudiante las guías de estudio (GES), cuya función es orientar y facilitar el proceso de aprendizaje.

Igualmente, es imprescindible, como material básico de esta asignatura, el texto completo y actualizado de  la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)y la legislación complementaria. Esta normativa, junto a otra de interés, la encontraréis también actualizada, en el espacio del Aula, Materiales y fuentes.

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En la UOC, la evaluación generalmente es virtual. Se estructura en torno a la evaluación continua, que incluye diferentes actividades o retos; la evaluación final, que se lleva a cabo mediante pruebas o exámenes, y el trabajo final de la titulación.

Las actividades o pruebas de evaluación pueden ser escritas y/o audiovisuales, con preguntas aleatorias, pruebas orales síncronas o asíncronas, etc., de acuerdo con lo que decida cada equipo docente. Los trabajos finales representan el cierre de un proceso formativo que implica la realización de un trabajo original y tutorizado que tiene como objetivo demostrar la adquisición competencial hecha a lo largo del programa.

Para verificar la identidad del estudiante y la autoría de las pruebas de evaluación, la UOC se reserva la potestad de aplicar diferentes sistemas de reconocimiento de la identidad y de detección del plagio. Con este objetivo, la UOC puede llevar a cabo grabación audiovisual o usar métodos o técnicas de supervisión durante la ejecución de cualquier actividad académica.

Asimismo, la UOC puede exigir al estudiante el uso de dispositivos electrónicos (micrófonos, cámaras u otras herramientas) o software específico durante la evaluación. Es responsabilidad del estudiante asegurar que estos dispositivos funcionan correctamente.

El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de las actividades académicas. La web sobre integridad académica y plagio de la UOC contiene información al respecto.

La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; la suplantación de identidad; la aceptación o la obtención de cualquier actividad académica a cambio o no de una contraprestación; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o el uso de material, software o dispositivos no autorizados en el plan docente o el enunciado de la actividad académica, incluida la inteligencia artificial y la traducción automática, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves.

Estas conductas irregulares pueden conllevar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables definidas en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas (como el uso de inteligencia artificial no permitida, redes sociales o buscadores de información en internet), porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, por la compraventa de actividades académicas, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular.

Asimismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC.

En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:

  • Solicitar al estudiante que acredite su identidad según lo establecido en la normativa académica.
  • Solicitar al estudiante que acredite la autoría de su trabajo a lo largo de todo el proceso de evaluación, tanto en la evaluación continua como en la evaluación final, a través de una entrevista oral síncrona, que puede ser objeto de grabación audiovisual, o por los medios establecidos por la UOC. Estos medios tienen el objetivo de verificar los conocimientos y las competencias que garanticen la identidad del estudiante. Si no es posible garantizar que el estudiante es el autor de la prueba, esta puede ser calificada con una D, en el caso de la evaluación continua, o con un suspenso, en el caso de la evaluación final.

Inteligencia artificial en el marco de la evaluación

La UOC reconoce el valor y el potencial de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito educativo y, a su vez, pone de manifiesto los riesgos que supone si no se utiliza de forma ética, crítica y responsable. En este sentido, en cada actividad de evaluación se informará al estudiantado sobre las herramientas y los recursos de IA que se pueden utilizar y en qué condiciones. Por su parte, el estudiantado se compromete a seguir las indicaciones de la UOC a la hora de realizar las actividades de evaluación y de citar las herramientas utilizadas y, concretamente, a identificar los textos o imágenes generados por sistemas de IA, los cuales no podrá presentar como si fueran propios.

Respecto a usar o no la IA para resolver una actividad, el enunciado de las actividades de evaluación indica las limitaciones en el uso de estas herramientas. Debe tenerse en cuenta que usarlas de manera inadecuada, como por ejemplo en actividades en las que no están permitidas o no citarlas en las actividades en las que sí lo están, puede considerarse una conducta irregular en la evaluación. En caso de duda, se recomienda que, antes entregar la actividad, se haga llegar una consulta al profesorado colaborador del aula.

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Puedes superar la asignatura a través de dos vías:

  1. Con evaluación continua (EC) y una prueba de síntesis (PS):
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis obtienes la nota mínima necesaria, la nota final será la ponderación que se especifique en el plan docente.
    • Si superas la evaluación continua y en la prueba de síntesis no obtienes la nota mínima necesaria, la calificación final será la nota cuantitativa que obtengas en la prueba de síntesis.
    • Si superas la evaluación continua y no te presentas a la prueba de síntesis, la nota final será un No presentado.
    • Si suspendes la evaluación continua, la nota final será un No presentado.
    • Si no te presentas a la evaluación continua, la nota final será un No presentado.

  2. Con examen (para seguir esta vía no es necesario haber superado la evaluación continua para hacer el examen):
    • Si no has presentado la evaluación continua, la nota final será la calificación numérica obtenida en el examen.
    • Si en la evaluación continua has obtenido una nota distinta a un No presentado, la nota final será el cálculo más favorable entre la nota numérica del examen y la ponderación de la nota de la evaluación continua con la nota del examen, según lo establecido en el plan docente. Para aplicar este cálculo, es necesario obtener una nota mínima de 4 en el examen (si es inferior, la nota final de la asignatura será la calificación del examen).
    • Si no te presentas al examen, la calificación final será un No presentado.

 

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