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Consulta de los datos generales Descripción La asignatura en el conjunto del plan de estudios Campos profesionales en el que se proyecta Información previa a la matrícula Objetivos y competencias Contenidos Consulta de los recursos de aprendizaje de la UOC para la asignatura Información adicional sobre los recursos de aprendizaje y herramientas de apoyo Informaciones sobre la evaluación en la UOC Consulta del modelo de evaluación | |||||
Este es el plan docente de la asignatura para el primer semestre del curso 2024-2025. Podéis consultar si la asignatura se ofrece este semestre en el espacio del campus Más UOC / La universidad / Planes de estudios). Una vez empiece la docencia, tenéis que consultarlo en el aula. El plan docente puede estar sujeto a cambios. | |||||
La asignatura "Derecho del Trabajo Individual" aborda el estudio de las relaciones laborales y, en particular, de todos los aspectos jurídicos vinculados al trabajo por cuenta ajena. En el plan de estudios del Grado en Derecho hay asignaturas que tienen un contenido general, teórico, conceptual y formativo, mientras que otras asignaturas tienen un contenido más concreto y de derecho positivo. La asignatura "Derecho del Trabajo Individual" está en este segundo grupo, y en coherencia con lo apuntado, tiene un contenido eminentemente práctico y con un amplio número de disposiciones de derecho positivo, en la que se manejan una abundante cantidad de conceptos y de conocimientos extraídos de otras asignaturas de contenidos más generales o instrumentales. Esta asignatura es la primera parte del estudio de las diversas dimensiones de las relaciones laborales (que se complementa con la asignatura obligatoria Derecho Sindical y con el optativa Derecho Procesal Laboral). |
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La asignatura "Derecho del Trabajo Individual" guarda estrecha relación con otras asignaturas. Con el Derecho Constitucional, ya que hay derechos fundamentales y principios rectores de política social y económica que tienen contenido específicamente laboral, además de considerar a los sindicatos como institución fundamental de una sociedad democrática. Con el Derecho Civil, dado que la relación individual de trabajo se basa en el contrato de trabajo al cual le es de aplicación la teoría general del contrato civil. I con el Derecho Administrativo ya que la Administración Laboral interviene tanto en las relaciones individuales como colectivas.
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El Derecho del Trabajo, en sentido estricto, se aplica a la relación jurídica existente entre un trabajador por cuenta ajena y su empleador, que constituyen un colectivo amplísimo en nuestro país. Esto evidencia las necesidades de asesoramiento para las partes implicadas y, en caso de conflicto, de asistencia letrada ante la jurisdicción social. Consecuentemente, los departamentos de recursos humanos de las empresas, e incluso entes públicos, tienen asesores laborales que suelen ser Licenciados o Graduados en Derecho. Dado el elevado número de conflictos que se plantean en el orden jurisdiccional social existe un importante colectivo de abogados especializados en materia laboral. Los temas que suelen defender se refieren tanto a reclamaciones de trabajadores frente a empresarios como frente a las entidades gestoras de la Seguridad Social. No es despreciable el número de funcionarios estatales y de comunidad autónoma que se relacionan con materias laborales y de Seguridad Social: Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Controladores Laborales, Letrados de las entidades gestoras de la Seguridad Social, etc. |
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Es recomendable haber superado "Teoría General del Derecho", "Derecho civil I", "Derecho civil II", "Sistema constitucional Español", "Derecho constitucional" y "Derecho administrativo I". Tal y como se detalla en el apartado correspondiente de este Pla Docente, los estudiantes que no sigan la EC, o bien, que siguiéndola no la hayan superado, tendrán que superar la asignatura a través de un examen oral (a través de videoconferencia). |
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Conocimientos académicos disciplinares (conocimientos teóricos y prácticos de la asignatura). A grandes rasgos podemos decir que el objetivo de la asignatura es conocer el contenido básico de la relación jurídica que existe entre trabajador y empresario, la incidencia en que tiene en ella la actividad de los agentes colectivos (sindicatos y asociaciones patronales), así como las funciones que ejercen los poderes públicos en relación con estas cuestiones. Explicitando los objetivos de forma más concreta, la asignatura persigue los siguientes:
1. Identificación de los principios jurídicos, así como las instituciones jurídicas específicas del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. 2. Interpretación de los textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinaria y utilizando los principios jurídicos como herramienta de análisis. 3. Aplicación de los principios del derecho y la normativa jurídica a supuestos fácticos 4. Resolver situaciones conflictivas o problemáticas con decisión y criterios claros. 5. El aprendizaje autónomo y la adaptación a nuevas situaciones
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN La metodología de evaluación que se seguirá en esta asignatura, dependiendo de los objetivos de aprendizaje y de las competencias que persigue, puede consistir en la realización, entre otros, de ejercicios y/o preguntas teòrico-prácticas, grabación de vídeos y/o audios, realización de cuestionarios con un tiempo limitado y/o participación en debates, wikis, blogs y/o vídeoblogs. En este sentido, el estudiante debe disponer de los dispositivos necesarios por el correcto seguimiento de todas estas metodologías de evaluación (particularmente de herramientas que permitan la grabación de vídeo y/o sonido).
NÚMERO DE PEC DE ESTA ASIGNATURA: La evaluación continuada de esta asignatura consiste en la realización de 4 PEC.
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Índice de contenidos. - Antecedentes históricos del Derecho del Trabajo. El contrato de trabajo; objeto, causa y sujetos contratantes - Las fuentes del Derecho del Trabajo. - Definición del contrato de trabajo. Sujetos del contrato de trabajo. - La relación laboral común y sus especialidades: las relaciones especiales de trabajo. - Nacimiento y duración del contrato de trabajo. - Contenido del contrato de trabajo. - Las vicisitudes del contrato de trabajo. - La extinción del contrato del trabajo
Descripción y relación de contenidos. La asignatura se divide en seis unidades de aprendizaje.
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El material básico para preparar la asignatura lo constituyen los módulos didácticos que facilita la Universidad. Es recomentable que este material se complemente con un manual de consulta. Los más adecuados parecen los siguientes:
Existen otros buenos manuales que se mencionan en la bibliografía contenida en los módulos. Es imprescindible que el estudiante maneje, tanto para las cuestiones teóricas como prácticas, los textos legales correspondientes. La normativa básica (no única) que ha de manejar, además de la Constitución Española, es la siguiente:
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En la UOC, la evaluación generalmente es virtual. Se estructura en torno a la evaluación continua, que incluye diferentes actividades o retos; la evaluación final, que se lleva a cabo mediante pruebas o exámenes, y el trabajo final de la titulación. Las actividades o pruebas de evaluación pueden ser escritas y/o audiovisuales, con preguntas aleatorias, pruebas orales síncronas o asíncronas, etc., de acuerdo con lo que decida cada equipo docente. Los trabajos finales representan el cierre de un proceso formativo que implica la realización de un trabajo original y tutorizado que tiene como objetivo demostrar la adquisición competencial hecha a lo largo del programa. Para verificar la identidad del estudiante y la autoría de las pruebas de evaluación, la UOC se reserva la potestad de aplicar diferentes sistemas de reconocimiento de la identidad y de detección del plagio. Con este objetivo, la UOC puede llevar a cabo grabación audiovisual o usar métodos o técnicas de supervisión durante la ejecución de cualquier actividad académica. Asimismo, la UOC puede exigir al estudiante el uso de dispositivos electrónicos (micrófonos, cámaras u otras herramientas) o software específico durante la evaluación. Es responsabilidad del estudiante asegurar que estos dispositivos funcionan correctamente. El proceso de evaluación se fundamenta en el trabajo personal del estudiante y presupone la autenticidad de la autoría y la originalidad de las actividades académicas. La web sobre integridad académica y plagio de la UOC contiene información al respecto. La falta de autenticidad en la autoría o de originalidad de las pruebas de evaluación; la copia o el plagio; la suplantación de identidad; la aceptación o la obtención de cualquier actividad académica a cambio o no de una contraprestación; la colaboración, el encubrimiento o el favorecimiento de la copia, o el uso de material, software o dispositivos no autorizados en el plan docente o el enunciado de la actividad académica, incluida la inteligencia artificial y la traducción automática, entre otras, son conductas irregulares en la evaluación que pueden tener consecuencias académicas y disciplinarias graves. Estas conductas irregulares pueden conllevar el suspenso (D/0) en las actividades evaluables definidas en el plan docente -incluidas las pruebas finales- o en la calificación final de la asignatura, ya sea porque se han utilizado materiales, software o dispositivos no autorizados durante las pruebas (como el uso de inteligencia artificial no permitida, redes sociales o buscadores de información en internet), porque se han copiado fragmentos de texto de una fuente externa (internet, apuntes, libros, artículos, trabajos o pruebas de otros estudiantes, etc.) sin la citación correspondiente, por la compraventa de actividades académicas, o porque se ha llevado a cabo cualquier otra conducta irregular. Asimismo, y de acuerdo con la normativa académica, las conductas irregulares en la evaluación también pueden dar lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario y a la aplicación, si procede, de la sanción que corresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa de convivencia de la UOC. En el marco del proceso de evaluación, la UOC se reserva la potestad de:
Inteligencia artificial en el marco de la evaluación La UOC reconoce el valor y el potencial de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito educativo y, a su vez, pone de manifiesto los riesgos que supone si no se utiliza de forma ética, crítica y responsable. En este sentido, en cada actividad de evaluación se informará al estudiantado sobre las herramientas y los recursos de IA que se pueden utilizar y en qué condiciones. Por su parte, el estudiantado se compromete a seguir las indicaciones de la UOC a la hora de realizar las actividades de evaluación y de citar las herramientas utilizadas y, concretamente, a identificar los textos o imágenes generados por sistemas de IA, los cuales no podrá presentar como si fueran propios. Respecto a usar o no la IA para resolver una actividad, el enunciado de las actividades de evaluación indica las limitaciones en el uso de estas herramientas. Debe tenerse en cuenta que usarlas de manera inadecuada, como por ejemplo en actividades en las que no están permitidas o no citarlas en las actividades en las que sí lo están, puede considerarse una conducta irregular en la evaluación. En caso de duda, se recomienda que, antes entregar la actividad, se haga llegar una consulta al profesorado colaborador del aula. |
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