Políticas activas de ocupación
Índice
- Introducción
- Objetivos
- 1.Las políticas activas de ocupación
- 2.Líneas de intervención de las políticas activas de ocupación
- 2.1.Acciones dirigidas a las personas en situación de desempleo
- 2.2.Acciones dirigidas al fomento del autoempleo, la creación de actividad y el fomento
de la economía social
- 2.2.1.Programa de promoción de la ocupación autónoma
- 2.2.2.Programa de autoempresa
- 2.2.3.Iniciativas locales de ocupación (ILO)
- 2.2.4.Programa de desarrollo local: estudios de mercado y campañas para la promoción local
- 2.2.5.Agentes de ocupación y desarrollo locales (AODL)
- 2.2.6.Fomento de la economía social
- 3.La formación a lo largo de la vida
- Resumen
- Ejercicios de autoevaluación
- Bibliografía
Introducción
-
¿Qué incidencia tienen las políticas activas de ocupación en el mercado de trabajo?
-
¿Cuáles son las tendencias actuales y de futuro en el campo de las políticas activas de ocupación?
-
¿Cuáles son las diferentes líneas de intervención –medidas y programas– de las políticas activas de ocupación?
-
¿Cuál es el objetivo y el contenido de los diferentes programas y medidas que conforman las políticas activas de ocupación?
-
¿Cuál es el futuro de estas políticas?
-
¿Cuál es la estructura del sistema de formación para la ocupación?
-
En la primera, se define el concepto de políticas activas de ocupación y se presentan estas políticas en el marco de la estrategia europea para la ocupación como instrumento para luchar contra los desequilibrios del mercado de trabajo. Entre ellas se distinguen principalmente dos funciones: la primera de incremento de la ocupación y de reducción del desempleo y la segunda de carácter preventivo de posibles situaciones de desempleo, que mejora la ocupabilidad de las personas y, por lo tanto, su permanencia en el mercado de trabajo, a la vez que contribuye a incrementar la competitividad de las empresas.
-
En la segunda parte, se definen los diferentes programas y medidas actuales de políticas activas de ocupación, agrupándolas en las tipologías siguientes:
-
Acciones dirigidas a personas en situación de desempleo, entre las cuales destacan la orientación profesional, la formación profesional para la ocupación dirigida a diferentes colectivos de trabajadores parados y los programas mixtos que combinan formación y contratación.
-
Acciones dirigidas a trabajadores activos, incluidas también en la formación profesional para la ocupación.
-
Acciones de intermediación laboral que desarrollan los servicios públicos de ocupación.
-
Acciones dirigidas al fomento del autoempleo y a la creación de actividad, así como al fomento de la economía social.
-
Acciones de carácter transversal, como las iniciativas comunitarias, los pactos territoriales para la ocupación o los nuevos filones de ocupación.
-
-
En la tercera parte, se considera el marco legal estatal de formación profesional para la ocupación, y sus objetivos y principios que se concretan en el Acuerdo Nacional de Formación Profesional para la Ocupación. Además, se definen las iniciativas de formación que integran el sistema de formación profesional para la ocupación.
Objetivos
-
Comprender el rol de las políticas activas de ocupación en la resolución de los desequilibrios del mercado de trabajo.
-
Conocer el concepto de políticas activas de ocupación, y cuáles son las prioridades en el ámbito europeo en esta materia.
-
Entender los objetivos de estas políticas.
-
Conocer las principales medidas y programas que se desarrollan actualmente.
-
Comprender el concepto básico de formación como aprendizaje continuo a lo largo de la vida.
-
Entender las características principales del sistema de formación profesional para la ocupación y su marco de regulación.
1.Las políticas activas de ocupación
1.1.Definición
1.2.Marco europeo: la estrategia europea para la ocupación
1.3.Los principales modelos de políticas activas en Europa
1.4.Financiación de las políticas activas
-
la cotización por desempleo, en la parte que no esté destinada a financiar la protección económica por desempleo;
-
la cuota de formación profesional;
-
la participación en los fondos procedentes de la Unión Europea: FSE;
-
los rendimientos del patrimonio y otros ingresos generados por la actividad de los servicios públicos de ocupación (SPO);
-
las aportaciones del Estado y de las comunidades autónomas.
2.Líneas de intervención de las políticas activas de ocupación
2.1.Acciones dirigidas a las personas en situación de desempleo
2.1.1.La intermediación laboral
2.1.2.El programa de orientación profesional
2.1.3.La formación profesional para la ocupación dirigida a personas en situación de desempleo
Acciones de formación específicas para mujeres
Acciones de formación para desempleados de más de veinticinco años
Acciones de formación para jóvenes de menos de veinticinco años
Acciones dirigidas a colectivos con dificultades especiales
2.1.4.Programas mixtos que combinan formación y contratación laborales
Escuelas taller y casas de oficios
Talleres de ocupación
Planes de ocupación
-
la mayor adecuación al puesto de trabajo ofrecido,
-
las que tienen más responsabilidades familiares,
-
las paradas con riesgo de desempleo de larga duración,
-
las que tienen algún tipo de discapacidad física, psíquica y sensorial, y también las que tienen problemas de salud mental,
-
las que pertenecen a cualquier otro colectivo con especiales dificultades de colocación.
2.1.5.Acciones dirigidas a los trabajadores ocupados
2.2.Acciones dirigidas al fomento del autoempleo, la creación de actividad y el fomento de la economía social
2.2.1.Programa de promoción de la ocupación autónoma
-
Subvenciones a fondo perdido o rentas de subsistencia, que contribuyen a garantizar unos ingresos mínimos al inicio de la actividad.
-
Ayudas a la asistencia técnica, que puede consistir en alguna de las modalidades siguientes: estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis y otros de naturaleza análoga; estudios necesarios para la obtención de financiación; auditorias e informes económicos; asesoramiento en las diversas áreas de gestión empresarial.
-
Subvenciones financieras para la amortización parcial de los préstamos destinados a la financiación de inversiones necesarias para constituirse en trabajadores autónomos.
-
Capitalización de las prestaciones por desocupación, es decir, cobro en un único pago para el inicio de la actividad como trabajador autónomo, con un máximo del 60% del importe de la prestación pendiente de recibir, que puede llegar al 100% en el caso de los jóvenes. También se puede recibir solo la cantidad que se justifica como inversión o bien todo el importe pendiente para subvencionar las cuotas mensuales Seguridad Social.
2.2.2.Programa de autoempresa
-
Información y orientación sobre los diversos aspectos relacionados con la creación de empresas.
-
Formación.
-
Asesoramiento sobre la elaboración del plan de empresa en los diferentes trámites del proceso de creación.
-
Apoyo para la obtención de ayudas y de financiación, principalmente información sobre los convenios existentes con diversas entidades financieras para facilitar el acceso a la obtención de préstamos y de descuentos en seguros para empresarios.
2.2.3.Iniciativas locales de ocupación (ILO)
-
Que la Administración estatal o autonómica o una corporación local den su apoyo al proyecto empresarial o a la empresa. Se entiende que lo hacen cuando se pone a disposición de su promotor una aportación de recursos (que pueden ser tanto económicos o materiales como infraestructuras, servicios u otros) que lo ayuden en la puesta en marcha y la gestión del negocio.
-
Que tenga en cuenta la contratación de trabajadores o la incorporación de socios trabajadores en el caso de cooperativas y sociedades laborales.
-
Que la plantilla prevista a la hora de constituirse la empresa no supere los veinticinco trabajadores.
-
Que se trate de una empresa de nueva creación y genere actividad económica.
-
Que la producción de bienes y servicios esté relacionada con actividades económicas emergentes o que, dentro de una actividad tradicional en la zona, cubra necesidades no satisfechas en la estructura existente.
-
Que tenga condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
-
La reducción de intereses de préstamos que puedan ser necesarios para la financiación de las inversiones destinadas a la creación y puesta en marcha de las empresas de iniciativa de ocupación.
-
Apoyo a la función gerencial para ayudar al promotor o empresario en la toma de decisiones necesarias para el funcionamiento de la empresa. Este soporte puede consistir en una ayuda para tutoría, formación, la realización externa de estudios e informes sobre la actividad.
-
Asistencia técnica para la contratación de técnicos expertos de alta cualificación.
-
Subvención para la contratación indefinida de trabajadores desempleados.
2.2.4.Programa de desarrollo local: estudios de mercado y campañas para la promoción local
2.2.5.Agentes de ocupación y desarrollo locales (AODL)
-
La prospección de recursos ociosos o infrautilizados, de proyectos empresariales, de proyectos de promoción económica local e iniciativas innovadoras para la generación de ocupación en el ámbito local, identificando nuevas actividades económicas y posibles empresarios.
-
Difusión y estímulo de oportunidades potenciales de creación de actividad entre desempleados, promotores y emprendedores, y también instituciones colaboradoras.
-
Acompañamiento técnico en la iniciación de proyectos empresariales para su consolidación en empresas generadoras de nuevas ocupaciones, asesorando e informando sobre la viabilidad técnica, económica y financiera y, en general, sobre los planes de lanzamiento de las empresas.
-
Apoyo a los promotores de las empresas una vez constituidas acompañándolas técnicamente durante las primeras etapas de funcionamiento mediante la aplicación de técnicas de consultoría en gestión empresarial y asistencia y los procesos formativos adecuados para coadyuvar a la buena marcha de las empresas creadas.
2.2.6.Fomento de la economía social
Programas de fomento de la economía social
-
Las subvenciones para la incorporación de desempleados como socios trabajadores. Estas ayudas se pueden conceder a las cooperativas de trabajo asociado, de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas que tengan socios de trabajo y las sociedades laborales que incorporen como socios o socios de trabajo a desempleados de menos de veinticinco años, o de treinta años en caso de que no tengan experiencia laboral acumulada, a desempleados de más de cuarenta y cinco años, a desempleados de larga duración, a trabajadores perceptores de la prestación de desempleo en su modalidad de pago único, a trabajadores vinculados a la empresa por contrato temporal vigente y que se incorporen como socios trabajadores y a desocupados con discapacidades, con reconocimiento de su condición. La incorporación tiene que implicar un incremento neto de ocupación en la empresa beneficiaria de la ayuda y que ésta no haya reducido el número de puestos de trabajo en los doce últimos meses.
-
La financiación de la asistencia técnica llevada a cabo por empresas o personas físicas especializadas y que tengan garantías de solvencia profesional. La asistencia técnica puede consistir en alguna de las actuaciones siguientes:
-
Estudios de viabilidad, de fusión de cooperativas, de organización, de comercialización y otros de naturaleza análoga.
-
Auditorías e informes económicos.
-
Estudios de prevención de riesgos laborales en la empresa.
-
Gastos de asesoramiento de cariz administrativo habitual, en caso de que la empresa no tenga más de dos años de antigüedad.
-
Ayuda a la financiación de las inversiones que impliquen un desembolso efectivo en elementos productivos de inmovilizado material que hagan las sociedades cooperativas y las laborales, siempre que estén relacionadas directamente con su objeto social.
-
Apoyo económico a la creación de cooperativas de segundo o ulterior grado, mediante aportaciones que comporten un desembolso efectivo, o la incorporación como socio en una cooperativa de segundo o ulterior grado.
-
Apoyo económico a la implantación de las nuevas tecnologías en las empresas de economía social.
-
Subvenciones por actividades de formación, difusión y fomento de la economía social.
-
Ayudas a las estructuras representativas de la economía social siempre que las actividades objeto de la subvención sean las que permiten que las entidades beneficiarias puedan llevar a cabo sus objetivos y presten los servicios oportunos a sus asociados.
-
La creación y/o el mantenimiento de puestos de trabajo, especialmente en el caso de mujeres, desempleados de más de cuarenta y cinco años, desempleados de menos de veinticinco años e inmigrantes.
-
La integración laboral de personas con discapacidades.
-
El interés social dentro del marco comarcal o local en que se lleve a cabo la actividad.
-
El grado de dificultad de acceso a otras fuentes de financiación derivado de su situación empresarial.
-
La viabilidad técnica, económica y financiera de la sociedad y del proyecto de inversión o actuación que se tiene que subvencionar.
3.La formación a lo largo de la vida
3.1.El papel de la formación en el nuevo contexto social y económico
3.2.Marco general de la formación para la ocupación en España
3.2.1.El sistema de formación profesional para la ocupación
-
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional establece un Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que permite avanzar en un enfoque de aprendizaje permanente y en la integración de las distintas ofertas de formación profesional (reglada, ocupacional y continua), propiciando el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas, tanto por medio de procesos formativos (formales y no formales) como de la experiencia laboral. Los certificados de profesionalidad se elaboran y actualizan a partir de las cualificaciones incorporadas en el mencionado catálogo.
-
Las sentencias del Tribunal Constitucional (STC 95/2002, de 25 de abril y STC 190/2002, de 17 de octubre) delimitaron claramente los ámbitos de actuación de la Administración general del Estado y de las comunidades autónomas en materia de formación continua, ubicándola dentro del ámbito laboral.
-
La Ley de Empleo (Ley 56/2003, de 16 de diciembre) sitúa la formación en el centro de las políticas del ámbito laboral que mejor pueden contribuir a la consecución de los objetivos de la ocupación.
3.2.2.Objetivos y principios del sistema de formación para la ocupación
-
La transparencia, simplicidad, calidad y eficacia.
-
La unidad de caja de la cuota de formación profesional.
-
La unidad de mercado de trabajo y la libre circulación de los trabajadores en el desarrollo de las acciones formativas.
-
La colaboración y coordinación entre las administraciones competentes.
-
La vinculación del sistema con el Diálogo Social y la negociación colectiva sectorial.
-
La participación de los interlocutores sociales.
-
La vinculación de la formación para la ocupación con el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, contemplada en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.
-
El derecho a la formación profesional para la ocupación, su carácter gratuito y la igualdad en el acceso de los trabajadores y las empresas a la formación y a las ayudas a esta.
3.2.3.Iniciativas de formación
-
Sectoriales: se componen de acciones formativas dirigidas a satisfacer necesidades específicas de formación de los trabajadores de un sector productivo concreto.
-
Intersectoriales: diseñados como acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a diferentes sectores de la actividad.
-
Economía social: están dirigidos a trabajadores de la economía social, como las sociedades cooperativas y anónimas laborales.
-
Autónomos: diseñados y dirigidos a la formación específica de interés para trabajadores autónomos.
-
Centros de Referencia Nacional especializados por sectores productivos, tomando como guía el mapa sectorial que se define y las familias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones, que llevarán a cabo acciones de carácter experimental e innovador en materia de formación profesional.
-
Centros Integrados de Formación Profesional, que impartirán al menos las ofertas formativas referidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones, que conducen a los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
-
Otros centros públicos especializados para impartir formación profesional para la ocupación.
Resumen
-
La orientación profesional, que es una medida que tiene que acompañar a los trabajadores a lo largo de su trayectoria profesional con el fin de proporcionarles los recursos necesarios para conocer sus posibilidades y las alternativas que ofrece el mercado de trabajo.
-
La formación profesional para la ocupación, que constituye un elemento estratégico de la política de ocupación, ya que facilita a los trabajadores la cualificación necesaria para conseguir un puesto de trabajo y/o su promoción laboral, contribuyendo al mismo tiempo de manera importante a mejorar la competitividad empresarial.
-
Los programas que combinan la formación y la contratación, como son los programas de escuelas taller, las casas de oficio, los talleres de ocupación y los planes de ocupación. Estos programas facilitan el aprendizaje en entornos reales de producción y contribuyen a la realización de obras de interés general y social.
-
La intermediación laboral, en tanto que instrumento específico de colocación, da respuesta a las necesidades de inserción de las personas en el mercado de trabajo y facilita a los empresarios los trabajadores necesarios para el desarrollo de su actividad. En este objetivo, los SPO desempeñan un papel muy destacado.
-
Otra línea importante de las políticas activas son las acciones dirigidas al fomento del espíritu empresarial, la creación de actividad y el fomento de la economía social. Todas estas medidas dan soporte a la creación y consolidación de empresas, especialmente de las pequeñas empresas, que son las que en conjunto pueden crear más puestos de trabajo.
-
Para finalizar, tenemos que destacar ejemplos de acciones transversales, impulsadas directa o indirectamente por la Comisión Europea y que aportan experimentación e innovación a estas políticas con el fin de abrir nuevas vías de intervención: es el caso de las iniciativas comunitarias de ocupación, los pactos territoriales y el Programa de nuevos filones de ocupación.
-
Formación de demanda, que comprende las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación financiados, total o parcialmente, con fondos públicos para responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
-
Formación de oferta que abarca los planes de formación dirigidos a trabajadores y las acciones formativas dirigidas a los trabajadores parados, con la finalidad de ofrecerles una formación que los capacite para el ejercicio cualificado de las profesiones y el acceso a la ocupación.
-
Formación en alternancia con la ocupación, integrada por las acciones formativas de los contratos para la formación por los programas públicos de ocupación-formación, que permiten al trabajador compatibilizar la formación con la práctica profesional en el puesto de trabajo.
Ejercicios de autoevaluación
a) La formación profesional ocupacional y los planes de ocupación.
a) Los grandes acuerdos sociales.
a) Un conjunto de actuaciones que llevan a cabo de manera exclusiva los SPO de interrelación entre la oferta y la demanda de trabajo.
a) Servicios culturales y de ocio.
a) se dirige a jóvenes desempleados de menos de veinticinco años.
a) Mejorar las posibilidades de inserción de los parados en el mercado de trabajo.
a) consisten en actuaciones de carácter temporal y de interés general y social.
a) El programa de orientación profesional.
a) son trabajadores contratados por corporaciones locales o entidades dependientes o vinculadas a una administración local.
a) determinan los contenidos y las competencias que tienen que alcanzar los alumnos de formación profesional ocupacional en su proceso formativo.
a) Que la plantilla prevista al constituirse la empresa no supere los veinticinco trabajadores.
a) Planes de ocupación, ILO.
a) la cotización por desempleo, en la parte destinada a la protección económica por desempleo.
a) la formación inicial o reglada, la formación ocupacional y la formación permanente.
a) contribuir a mejorar la productividad y competitividad de las empresas.
b) Incorrecto.
c) Incorrecto.
d) Correcto.
2. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
e) Incorrecto.
3. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
4. a) Correcto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
5. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Correcto.
d) Incorrecto.
6. a) Correcto.
b) Incorrecto.
c) Correcto.
d) Incorrecto.
7. a) Correcto.
b) Incorrecto.
c) Correcto.
d) Incorrecto.
8. a) Incorrecto.
b) Incorrecto.
c) Correcto.
d) Correcto.
9. a) Correcto.
b) Incorrecto.
c) Correcto.
d) Incorrecto.
10. a) Correcto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
11. a) Correcto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Correcto.
12. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
13. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Correcto.
d) Incorrecto.
14. a) Incorrecto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.
15. a) Correcto.
b) Correcto.
c) Incorrecto.
d) Incorrecto.